CONCEPTO
Se denomina residencia como concepto amplio al lugar donde una persona vive habitualmente.
Jurídicamente, sin embargo, “residencia” en el contexto de inmigración, se refiere al documento que autoriza a un extranjero a residir legalmente en un país.
Obtener un permiso de residencia en cualquier país de la Unión Europea conlleva diversas ventajas; no obstante, en algunos casos, el proceso puede volverse tedioso debido a los trámites requeridos y la falta de conocimiento general sobre los requisitos necesarios. Principio del formulario
La obtención del permiso de residencia en España puede darse a través de diversas vías; si bien el tipo de permiso dependerá principalmente de la duración y el propósito de la estancia, así se ofrecen 2 principales permisos:
- Visado de corta duración: para aquellos que tienen la intención de residir en España por menos de 90 días, sin intenciones laborales. También se le denomina “visado de turista” o “visado Schengen”.
- Permiso de residencia regular: en contraste con el caso anterior, este permiso se concede para estancias que superan los 3 meses y generalmente se enfocan a quienes pretenden emprender actividades laborales o incluso establecerse de manera permanente.
TIPOS DE VISADO Y REQUISITOS
Visado de corta duración o visado Schengen
Es importante señalar que este permiso tiene una validez de 90 días. Una vez transcurrido este plazo, si se desea seguir residiendo en España, el permiso debe ser modificado o prorrogado a través del procedimiento oficial, adjuntando la siguiente documentación:
- Pasaporte completo o documento de viaje.
- Acreditación de las razones argumentadas para la solicitud.
- Un seguro de asistencia en viaje con la misma cobertura requerida para la solicitud del visado de estancia de corta duración.
- Garantías de retorno al país de origen o, en su caso, evidencia de admisión en el Estado tercero de destino antes de la fecha de vencimiento de la prórroga solicitada.
Permiso de residencia regular
En este caso, la residencia puede clasificarse como temporal (más de 90 días, pero menos de 5 años), o de larga duración o permanente, la cual se obtiene mediante la residencia continuada por más de 5 años.
Además, existen varios tipos de permisos de residencia según la situación particular de cada solicitante; los principales son:Principio del formulario
a) Visado de estudiante
Este visado está destinado a aquellos interesados en estudiar o llevar a cabo actividades de investigación en España, como cursar una carrera universitaria o un doctorado.
Esta visa puede obtenerse a través de dos procedimientos: en el consulado español del país de origen (previo al viaje a España) o de forma individual en un plazo de 60 días desde la entrada al país como turista (modificando el visado de corta duración).
Los requisitos son:
- Presentar un certificado de antecedentes penales.
- Presentar un extracto bancario que demuestre la posesión de un mínimo de 10,000 euros.
- Proporcionar la matrícula que confirme la participación en un curso de al menos 20 horas por semana durante un año.
Una vez concluidos los estudios, el beneficiario deberá abandonar el país.
b) Visado destinado a la creación de un negocio o empresa
Si la intención de trasladarse a España está vinculada a motivos empresariales, existen dos opciones disponibles:
- Solicitar la visa de emprendedor, para lo cual se requerirá la aprobación previa del Ministerio de Economía y la UGE (Unidad de Grandes Empresas),
- Gestionar en el país de origen un permiso de trabajo como autónomo (por cuenta propia).
c) Permiso de residencia con fines no lucrativos
Este visado solo puede solicitarse en el consulado español del país de origen, por lo que una vez iniciada la estancia en España debe contarse con el mismo.
Si la razón para el cambio de residencia no radica en motivos laborales, el visado apropiado es el de “residencia no lucrativa”. No obstante, en este caso, es necesario proporcionar una justificación que demuestre una elevada capacidad económica (28,800 euros en una cuenta bancaria).
Es importante destacar que este visado solo puede solicitarse en el consulado español del país de origen, por lo que es necesario contar con él antes de comenzar la estancia en España.
La autorización se concede únicamente por un período de 1 año desde la obtención del visado.
Finalmente, es relevante destacar la posibilidad de obtener el permiso de residencia a través del vínculo de parentesco con familiares Europeos.
En los procesos de solicitud de este permiso, la existencia de vínculos familiares es de gran utilidad. El familiar solicitante debe, en este caso, gestionar una “tarjeta comunitaria”, para lo cual solo necesita demostrar su relación de parentesco con una persona española.
En resumen, existe una amplia variedad de visados relacionados con la finalidad concreta de quienes desean establecerse a corto, o largo plazo en España. La elección entre ellos dependerá de las motivaciones que impulsan el cambio de país y el cumplimiento de los requisitos correspondientes.
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