DELITOS CONTRA LA PROPIEDAD: EL HURTO Y EL ROBO
Los delitos contra la propiedad se regulan en el libro II del Código Penal (CP); “delitos y sus penas”, título XIII: “Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico”.
De esta manera, al tratarse de delitos penales, la participación de un abogado penal especializado en la materia se vuelve preceptiva en la gran mayoría de procesos.
La obligatoriedad de acudir junto a un abogado penalista no solo garantiza una defensa efectiva para el afectado, sino también asegura el correcto cumplimiento de los procedimientos legales, el respeto de los derechos del acusado y la aplicación justa de la ley.
Esta categoría de delitos contra la propiedad hace referencia a todas aquellas intromisiones que violan el derecho de posesión, uso o disfrute legítimo de bienes materiales, tanto tangibles como intangibles, ya sea mediante robo, hurto, daños, o cualquier otra forma de apropiación indebida.
Concretamente, dentro de los delitos contra la propiedad encontramos tipificados en el CP español cinco tipos: el hurto (artículos 234 a 236 CP), el robo (artículos 237 a 242 CP), el delito de usurpación (artículos 245 a 247 CP), el delito de apropiación indebida (artículos 253 y 254 CP), y el delito de daños (artículos 263 a 267 CP).
Además, en relación con el robo encontramos un tipo agravado, el robo con violencia o intimidación (artículo 242 del CP), y un tipo específico por su objeto, el robo y hurto de uso de vehículos a motor (artículo 244 bis).
En este artículo nos centraremos en los dos principales delitos contra la propiedad: el hurto y el robo.
EL HURTO
En primer lugar, de acuerdo con el Código Penal, artículo 234, nuestra normativa penal castiga a aquel que, con ánimo de lucro, tomare las cosas muebles ajenas sin la voluntad de su dueño.
El sujeto activo de este delito debe enfrentar penas de prisión que abarcan de 6 a 18 meses si la cuantía de lo sustraído excede de cuatrocientos euros. Si no se alcanza dicha cifra, la pena será de multa de 1 a 3 meses.
EL ROBO, TIPO BÁSICO, ROBO CON VIOLENCIA E INTIMIDACIÓN EN LAS PERSONAS
El robo se distingue del hurto en que implica el empleo de la fuerza en las cosas, como forzar una puerta o romper una ventana para acceder al lugar donde se encuentran los objetos, o bien, mediante violencia e intimidación en las personas, como amenazas de utilizar un arma o zarandeos. Por otro lado, el hurto se realiza de manera más discreta, sin recurrir a estas acciones violentas o amenazantes.
Así, el artículo 237 CP, relativo al robo establece que se considera delito de robo cuando, con ánimo de lucro, se toman cosas muebles ajenas empleando fuerza en las cosas para acceder al lugar donde estas se encuentran, o bien, violencia o intimidación en las personas para obtenerlas.
La pena considerada para el robo es, por sus caracteres, superior a la del hurto: de 1 a 3 años de prisión, en su tipo básico, cuando exista fuerza en las cosas, o de 2 a 5 años, en los casos especificados en el artículo 235 CP.
Por otro lado, cuando en lugar de fuerza en las cosas, el robo se realiza ejerciendo violencia o intimidación en las personas, el legislador entiende que existe un mayor desvalor de acción, castigando a los perpetradores con penas ligeramente superiores: de 2 a 5 años de prisión (art 242 CP).
EL ESPECÍFICO CASO DEL ROBO O HURTO DE USO DE VEHÍCULOS A MOTOR
De acuerdo con el Código Penal, artículo 244, el delito de robo o hurto de uso de vehículos a motor castiga a aquel que, sin la debida autorización, sustraiga o utilice un vehículo a motor o ciclomotor ajeno, sin intención de apropiárselo.
Las sanciones previstas para este incluyen trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y un a noventa días, o multa de dos a doce meses, si lo devuelve, directa o indirectamente, dentro de un plazo no superior a 48 horas.
Además, si el vehículo dentro no se restituyera dentro del plazo mencionado, el delito se castigará como hurto o robo, tal y como hemos explicado anteriormente.
Como podemos ver, estos delitos difieren ligeramente entre ellos, lo que resalta la importancia de contar con la asesoría de un abogado penalista especializado que nos ayude a establecer la controversia legal, y a trazar una sólida estrategia de defensa.
Un abogado con experiencia en derecho penal puede ofrecer orientación experta sobre los delitos de hurto y robo. Además, proporciona la representación legal durante todo el proceso judicial, asegurando que se respeten los derechos del acusado. En un asunto tan serio como los delitos contra la propiedad, la ayuda de un abogado penalista cualificado puede marcar la diferencia entre un resultado favorable y una situación legal desafiante.
Si te has quedado con dudas y necesitas asesoramiento relacionado con un delito contra la propiedad, no dudes en ponerte en contacto con nuestro despacho de abogados especializado en procesos penales en Murcia: PMS abogados.
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