Los pilares de la reagrupación familiar; los derechos y principios fundamentales que la respaldan
La reagrupación familiar atiende a una de las formas de conseguir un permiso de residencia en España. Concretamente, supone el 10% del total de solicitudes, dentro de los diversos motivos que estas pueden abarcar, como la búsqueda de oportunidades laborales, o las autorizaciones por razones humanitarias.
De esta forma, la “reagrupación familiar” hace referencia al proceso mediante el cual un individuo que es residente legal o ciudadano de un país (anfitrión) puede solicitar el traslado inmediato de su familia (cónyuge, hijos o padres) que aún residen en su país de origen o en un tercer país.
Así, si un extranjero vive en España durante al menos un año, o cinco años si desea traer a sus ascendentes, puede, si justifica que cumple los requisitos mencionados en esta otra publicación, traer legalmente a sus familiares al país.
Esta práctica, por su valor e importancia, ha de fundamentarse en una serie de principios y derechos fundamentales, tanto a nivel nacional como internacional. Concretamente:
Derecho a la vida familiar
Este derecho está reconocido en la Declaración Universal de Derechos Humanos (artículo 16) y en la Convención Americana sobre Derechos Humanos (artículo 17), a nivel internacional. En España, el artículo 39 de la Constitución española establece que los poderes públicos garantizan la protección social, económica y jurídica de la familia.
Respeto a la vida privada y familiar
Este derecho, que afirma que toda persona tiene derecho a formar y mantener relaciones familiares, está garantizado por el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos y el artículo 17 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, a nivel internacional.
En España, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, regula de igual forma la protección de estos derechos.
Derecho de asilo y protección internacional.
Este derecho reconoce que los refugiados y personas en situación de protección internacional tienen derecho a reunirse con sus familiares.
Así se establece en el artículo 22 de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, a nivel internacional.
En España, la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria, establece de igual forma los procedimientos y requisitos internos para garantizar la correcta protección de estos ciudadanos.
Principio del interés superior del niño.
Este principio establece una idea básica en la generalidad de los ordenamientos jurídicos actuales; que en todas las acciones que afecten a los niños, el interés superior de estos debe ser una consideración primordial.
Este principio está consagrado en el artículo 3 de la Convención sobre los Derechos del Niño, a nivel internacional.
En España, el artículo 2 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, establece igualmente que el interés superior del menor debe ser una consideración primordial en todas las acciones que le afecten.
Principio de igualdad y no discriminación
El derecho a la reagrupación familiar debe ejercerse sin discriminación de ningún tipo, según el artículo 2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
De esta manera, el principio se consagra a nivel internacional en el artículo 2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, a nivel internacional.
En España, la Constitución española (artículo 14) establece el principio de igualdad ante la ley, sin discriminación por razón de origen, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
Principio de unidad familiar
Finalmente, este principio se refiere al derecho de las familias a vivir juntas y no ser separadas injustamente.
Este principio está consagrado en la Declaración Universal de Derechos Humanos (artículo 16) y en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (artículo 23), a nivel internacional.
En España, la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, regula la reagrupación familiar y establece que los extranjeros tienen derecho a la vida familiar.
En conclusión, este proceso permite que la familia permanezca unida y viva junta en el país de residencia del solicitante. La reagrupación familiar como forma de reunificación familiar está regulada por leyes y políticas de inmigración específicas de cada país. Por lo tanto, es fundamental contar con un abogado especializado en el tema, que esté al tanto de todas las actualizaciones, para lograr una solicitud exitosa
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